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Expertos alertan sobre los peligros del hostigamiento judicial a periodistas y medios de comunicación

“Jurisprudencia de la Corte IDH sobre libertad de expresión y su relación con otros derechos convencionales como la honra y el derecho de respuesta”, fue el título de la conferencia. LP Pastor Morales

“Incautar los bienes de un periodista y de un medio de comunicación es peligrosísimo”, alertó Catalina Botero, ex Relatora Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos.

Botero, junto al abogado especialista en libertad de expresión, Eduardo Guevara, hablaron sobre la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en torno a la libertad de expresión y su relación con otros derechos convencionales como la honra, en una conferencia celebrada hoy martes 23 de agosto, organizada por la Procuraduría de la Administración, y el Consejo Nacional de Periodismo.

Botero, quien participó de manera virtual, citó casos emblemáticos entre los que entran en juego las tensiones entre la libertad de expresión y la honra. En la lista incluyó uno panameño: el caso Tristán Donoso Vs Panamá (2009), que se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la divulgación de una conversación telefónica del ciudadano Santander Tristán Donoso.

“Nunca se puede usar el derecho penal para defender el honor”, aseguró Botero, y de paso explicó que en estos casos la esfera civil si es procede, pero advirtió que las condenas son procedentes solamente cuando se demuestre que el periodista mintió. La abogada colombiana, alertó una y otra vez sobre lo “desproporcionado” de incautar los bienes de un periodista por cuenta de un funcionario público. “Esas personas tienen que pensar: ¿qué sería de un país sin periodismo?”, preguntó. También recordó que el periodismo es “indispensable” para la defensa de los derechos humanos.

Guevara, por su lado profundizó sobre la libertad de expresión sometida al hostigamiento judicial. Una de las primeras cosas sobre las que alertó fue que la lectura de las decisiones judiciales de los tribunales panameños no están sometidas a los paradigmas del sistema interamericano. Mostró un cuadro basado en estadísticas del Ministerio Público, donde se revela que entre 2021 y 2022 se registraron 586 casos relacionados con injuria, calumnia, y calumnia e injuria a través de un medio de comunicación. En el 2021 se reportaron 363, y 223 en el 2022.

En lo que respecta a calumnia e injuria a través de un medio de comunicación, hay 81 casos, 54 de ellos entraron en el 2021; mientras que este año, se cuentan 27.

Guevara también llamó la atención sobre el aumento de casos judiciales contra medios digitales. Al respecto recordó que la Declaración de Salta (Argentina), de octubre de 2018, protege el libre flujo informativo sin importar la plataforma por donde se propague.

En octubre de 2020, el presidente Laurentino Cortizo firmó las declaraciones de Chapultepec y Salta, sobre libertad de expresión. “Ratifico y reitero mi compromiso con la libertad de prensa y la libertad de expresión de todos”, aseguró el mandatario panameño en ese momento.

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