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La FAPE y la APM impugnan la convocatoria de plazas de RTVE por no exigir la titulación en Periodismo

Los dos organismos han presentado un recurso en el que solicitan que se suspenda la convocatoria hasta que se resuelva la reclamación de exigir la titulación adecuada

Madrid, España.- La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) y la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) han impugnado oficialmente la resolución que fija las bases específicas de la convocatoria de plazas de RTVE, según anunciaron que harían el pasado 31 de mayo, al no exigir la titulación en Periodismo para las plazas de periodistas.

Como se afirma en el recurso, remitido este mismo miércoles por los presidentes de la FAPE y de la APM, Miguel Ángel Noceda y Juan Caño, respectivamente, a la presidenta interina de la Corporación RTVE, Elena Sánchez, “no se concibe el ejercicio del periodismo y/o de la comunicación, sin una formación universitaria específica, que es la que acredita la capacidad para el ejercicio de esta profesión”.

La convocatoria, abierta el pasado mes de enero, tiene el objetivo de RTVE de incorporar 1.082 trabajadores fijos. Las bases de dicha convocatoria no incluyen en ninguna de sus exigencias tener la titulación de Periodismo o Comunicación Audiovisual, pese a que muchas de las plazas son para puestos como información y documentación, realización y edición audiovisual o producción de contenidos.

Por ello, ambas asociaciones consideran “una exigencia del buen servicio a la ciudadanía” el requisito de exigir la titulación en Periodismo o Comunicación Audiovisual en las convocatorias de las Administraciones públicas para cubrir puestos relacionados directamente con el periodismo o la comunicación.

En el caso concreto del periodismo -profesión reconocida en el artículo 20.1.d de la Constitución española, y sobre la que se ha pronunciado en reiteradas ocasiones el Tribunal Constitucional como profesión fundamental en un Estado democrático-, “la formación de los periodistas se sustenta en los estudios de Periodismo, que oficialmente comenzaron en el año 1942 y que fueron considerados universitarios en el año 1970”.

Entre las principales cuestiones en las que se sustenta el recurso, se recuerda que el artículo 27 del III Convenio Colectivo de la Corporación RTVE establece entre los requisitos generales para el acceso a la Corporación RTVE el de “poseer la titulación específica y cumplir los demás requisitos que para el desempeño de cada ocupación tipo y profesión exija el convenio, las disposiciones vigentes sobre las personas que trabajan en la Corporación RTVE y de otras actividades”.

Por todo ello, ambas organizaciones solicitan “la suspensión de la resolución que es objeto de este recurso hasta tanto no se resuelva administrativa o judicialmente la impugnación”.

EL MUNDO

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