Por Gabriela Coelho, de R7, en Brasilia
Brasilia, Brasil.- El STF (Tribunal Supremo Federal) volvió a juzgar, este jueves (16), acciones que cuestionan el uso abusivo de acciones judiciales, el llamado acoso judicial, para impedir o obstaculizar el trabajo de profesionales de la prensa y medios de comunicación. El juicio fue suspendido y se reanudará la próxima semana.
El juicio comenzó en septiembre de 2023, en una sesión virtual. En su momento, la relatora, la ahora ministra en retiro Rosa Weber, consideró que, para establecer indemnizaciones por daño moral en vehículos de prensa o redes sociales, es necesario acreditar la difusión deliberada de desinformación, la manipulación de grupos vulnerables, el ataque intencional sobre la reputación de alguien o investigación negligente de los hechos.
Para el ministro, también puede existir una condena por proferir amenaza, intimidación, incitación o orden de guerra, guerra civil o insurrección armada o violenta, y también por condolencia al odio nacional, racial o religioso.
El relator consideró inviable, sin embargo, centralizar las actuaciones y su tramitación en el domicilio del periodista o del organismo de prensa porque las normas cuestionadas son compatibles con la Constitución y no corresponde al Poder Judicial sustituirlas por sus propias decisiones.
En la sesión de este jueves, el ministro Luís Roberto Barroso, presidente, presentó su opinión. Para el ministro, “el acoso judicial que compromete la libertad de expresión constituye la interposición de numerosas acciones sobre los mismos hechos en diferentes distritos con la intención o el efecto de avergonzar a un periodista o a una organización de prensa, dificultar o hacer excesivamente onerosa su defensa”.
“Una vez caracterizado el acoso judicial, el imputado podrá solicitar la reunión de todas las acciones en el tribunal de su domicilio. La responsabilidad civil de los periodistas u organizaciones de prensa sólo se establecerá en caso inequívoco de dolo o negligencia grave”. A Barroso le siguieron los ministros Cristiano Zanin y André Mendonça.
Según el STF, el acoso judicial se caracteriza cuando una persona o una causa se convierte en objeto de un gran número de procesos judiciales en un corto espacio de tiempo. Las acciones se basan en los mismos hechos y se presentan simultáneamente en lugares distintos, lo que dificulta, o incluso impide, el derecho a la defensa.
Una de las acciones fue presentada por la Asociación Brasileña de Periodismo de Investigación (Abraji). Para la entidad, en estos casos, a los autores no les preocupa el resultado de los procesos, “sino el efecto que el aluvión de acciones provoca al imputado”.
En otra acción, la Asociación Brasileña de Prensa (ABI) afirma que se utilizan de manera abusiva acciones judiciales para reparar daños materiales y morales, para impedir la libre acción de periodistas y organizaciones de prensa.
R7 BRASILIA