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La Audiencia Nacional confirma el procesamiento de los periodistas del caso Dina

Avala la decisión del juez instructor que les dejó a un paso del banquillo por revelación de secretos
Dina Bousselham con su abogada en la Audiencia Nacional JOSÉ RAMÓN LADRA

Por ISABEL VEGA

Madrid, España.- La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que presentaron los periodistas Luis Rendueles y Alberto Pozas contra la decisión del juez que les dejó a un paso del banquillo por revelación de secretos en el caso Dina, la pieza sobre la exasesora de Pablo Iglesias Dina Bousselham que se investiga en el contexto del caso Villarejo.

Los periodistas y el comisario José Manuel Villarejo son los únicos procesados en esta pieza separada cuya instrucción tocó a su fin definitivamente el pasado mes de mayo. Se les imputa haber entregado al policía la copia de una tarjeta de memoria de un teléfono móvil que había llegado en un sobre anónimo a la revista Interviú, donde trabajaban, que contenía materiales sobre Podemos.

La tarjeta resultó ser de Bousselham y acabó volviendo a manos de la propietaria después de que el editor de Interviú se la entregase a Pablo Iglesias presumiendo que era suya. Él, a los meses, se la devolvería a ella. El juzgado no ha conseguido abrirla para cotejar su contenido con el que apareció entre los archivos incautados a Villarejo por orden de la Audiencia Nacional y que la exasesora sí reconoció como suyos.

Los periodistas y el comisario José Manuel Villarejo son los únicos procesados en esta pieza separada cuya instrucción tocó a su fin definitivamente el pasado mes de mayo. Se les imputa haber entregado al policía la copia de una tarjeta de memoria de un teléfono móvil que había llegado en un sobre anónimo a la revista Interviú, donde trabajaban, que contenía materiales sobre Podemos.

La tarjeta resultó ser de Bousselham y acabó volviendo a manos de la propietaria después de que el editor de Interviú se la entregase a Pablo Iglesias presumiendo que era suya. Él, a los meses, se la devolvería a ella. El juzgado no ha conseguido abrirla para cotejar su contenido con el que apareció entre los archivos incautados a Villarejo por orden de la Audiencia Nacional y que la exasesora sí reconoció como suyos.

Los periodistas, por su parte, admitieron desde el inicio en el juzgado que hicieron entrega de un pendrive a Villarejo con copia de la tarjeta, cuyo contenido nunca llegó a publicarse en Interviú. Sostienen que era un policía en activo, sin sombra de duda, y que tenía interés en ese asunto porque en las fechas, andaba investigando a Podemos. Fue la época del apócrifo informe PISA y la sospecha de financiación irregular desde el extranjero.

Pero el juez Manuel García Castellón consideró que en todo caso, se había producido un delito de revelación de secretos. Sólo se persigue a instancia de parte y la propia Bousselham pidió que fuesen procesados los dos periodistas. Recurrieron y ahora, la Sala de lo Penal desestima sus argumentos y avala la posición del instructor.

En primer lugar, porque considera que el auto que les deja a un paso de juicio estaba suficientemente motivado Pero también porque el hecho de que no se haya concretado qué material de Bousselham entregaron a Villarejo no les exime de la revelación de secretos. Tampoco que la tarjeta esté impracticable y no se pueda recuperar lo que guardaba.

Es competencia de la Audiencia Nacional

Descarta igualmente que pueda exonerarles por el hecho de que el juez enviase a la exasesora de Iglesias a la justicia ordinaria bajo sospecha de mentir durante la investigación, teniendo como tenía, obligación de decir la verdad por ser testigo y además denunciante.

Por último, y en una argumentación que es relevante para el resto de la causa, los magistrados descartan que el caso Dina deba salir de la Audiencia Nacional porque consista sólo en una revelación de secretos, ya que esta pieza forma parte de una investigación más grande en la que se investigan delitos de su competencia, como el blanqueo de capitales internacional y la organización criminal.

«Existe una instrucción común de la que se han desgajado las piezas de los distintos delitos conexos para agilizar el proceso y facilitar la celebración de juicio pero que corresponden a un procedimiento único, las diligencias previas 96/2017, y las piezas abiertas en ellas no son procedimientos autónomos, de hecho varias han sido enjuiciadas juntas, y su conocimiento es competencia de la Audiencia Nacional», subrayan los magistrados.

ABC

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